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El pasado 22 de octubre de 2020 participé en la mesa redonda Las transferencias internacionales de datos a debate: una visión desde España, Europa e Iberoamérica organizada por IAPP-Nebrija

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Garantías en privacidad al contratar de soluciones Big Data

Fuente Pixabay CC0 Public Domain

  El denominado Big Data aplicado al sector de las tecnologías de la información y comunicación, puede ser definido como sistemas o herramientas que manejan ingentes cantidades de datos en un volumen y tiempo superior al del software habitual, permitiendo su almacenamiento, búsqueda, visualización, compartición, segmentación o análisis. En la misma línea está la definición dada por McKinsey Global Institute (MGI), que lo entiende como “conjuntos de datos cuyo tamaño va más allá de la capacidad de captura, almacenado, gestión y análisis de las herramientas de base de datos”.

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Contratación de servicios de Cloud Computing y protección de datos.

Fuente Pixabay CC0 Public Domain

Independientemente de si es gratuito o de pago y su modalidad (alojamiento, software, etc), cuando se utilicen estos servicios, debemos cumplir con una serie de obligaciones legales. Recientemente la Agencia Española de Protección de Datos ha editado dos Guías informativas que dan a conocer estas obligaciones, una para los usuarios que los utilizan y otra para los prestadores de estos servicios.

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