Control laboral de los trabajadores mediante cámaras de videovigilancia, utilización de las imágenes para imponer medidas disciplinarias o justificar la procedencia del despido…
Este artículo hace un recorrido por la doctrina del Tribunal Constitucional, Tribunal Supremo, Tribunales Superiores de Justicia y Agencia Española de Protección de Datos a la hora de instalar mecanismos de control laboral por parte de los empresarios.
La Ley Sarbanes – Oxley de EEUU, exige a las sociedades estadounidenses que cotizan en bolsa y a sus filiales ubicadas en la Unión Europea, así como las sociedades no estadounidenses, que coticen en alguno de los mercados de valores Estados Unidos, que establezcan, en su comité de auditoría, “procedimientos para la recepción, retención y tratamiento de quejas recibidas por el causante en relación con la contabilidad, controles contables internos o cuestiones de auditoría; y la presentación confidencial y anónima por parte de los empleados de la persona causante de preocupación en relación con cuestiones contables o de auditoría cuestionables”.
En este post comparamos las diferencias interpretativas sobre la validez del uso de estos dispositivos, ya que las sentencias analizadas de los Tribunales Superiores de Justicia las dan por válidas, bajo ciertas limitaciones y requisitos, no siendo así en los procedimientos sancionadores de la Agencia Española de Protección de Datos que se mencionan.