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Sentencia del TJUE sobre sistemas de videovigilancia privados que captan la vía pública

Morguefile. DuBoix

Con carácter general los particulares y empresas no pueden captar ni grabar con sus sistemas de videovigilancia, función reservada con limitaciones y garantías a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, así como a los organismos que gestionan el tráfico.

No obstante bajo el principio de proporcionalidad y minimización se vienen aceptando ciertos tratamientos. En este artículo destacamos que por primera vez, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea permite para un caso concreto la captación de la vía pública por un particular.

Sentencia completa

Acceder al artículo publicado en el Blog de ENATIC.

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